Nuevos límites para transferir entre cuentas propias sin que salte la alarma en ARCA
Desde enero rige un nuevo control sobre cuentas bancarias y billeteras virtuales. Si superan ciertos montos, las operaciones serán informadas a ARCA.
Desde el 1° de enero, entidades bancarias y plataformas de dinero electrónico están obligadas a informar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) sobre operaciones que superen montos específicos, establecidos según parámetros del INDEC. La medida apunta a intensificar el monitoreo de transacciones para combatir la evasión fiscal y el lavado de activos, con posibles sanciones que incluyen multas, bloqueos de cuentas y derivaciones a la Unidad de Información Financiera (UIF).
Los umbrales que activarán los reportes automáticos son:
- Transferencias entre cuentas propias (bancarias o de billeteras virtuales) que excedan $600.000 en consumos o movimientos.
- Saldos mensuales en cuentas o billeteras iguales o mayores a $1.000.000.
- Envíos mediante billeteras virtuales por montos superiores a $2.000.000.
Ante operaciones que sobrepasen estos límites, la ARCA podrá requerir a los usuarios que acrediten el origen de los fondos. La falta de respuesta, la demora en la presentación de documentación o las inconsistencias detectadas derivarán en medidas coercitivas, como multas económicas, restricciones temporales sobre las cuentas involucradas y/o la comunicación de casos sospechosos a la UIF para su investigación.
La disposición se enmarca en una estrategia más amplia de transparencia financiera, alineada con estándares internacionales para prevenir ilícitos económicos. Las entidades deberán adaptar sus sistemas para cumplir con los reportes en tiempo y forma, mientras que los usuarios con movimientos frecuentes de alto monto deberán mantener su documentación respaldatoria actualizada.